Integración de la Comisión de Debates

Claudia Alejandra Vargas Bautista (presidenta)

Consejera Electoral

Brenda Judith Serafín Morfín

Consejera Electoral

Miguel Godínez Terríquez

Consejero Electoral

¿Qué es la Comisión Temporal de Debates?

Dentro de cada proceso electoral el Consejo General constituye una Comisión Temporal de Debates integrada por tres personas consejeras electorales, la persona titular de la Secretaría Técnica; una persona representante propietaria o suplente designada por cada partido político, coalición o candidatura independiente.

Creación e Integración

El primero de noviembre del 2023 mediante el acuerdo identificado con clave alfanumérica IEPC-ACG-076/2023, el consejo General de este Instituto aprobó la creación e integración de la Comisión Temporal de Debates.

Consejos Distritales y Municipales

La Comisión en coordinación con los Consejos Distritales, son los encargados de organizar los debates entre diputaciones por el principio de mayoría relativa del distrito que les corresponda, así como los debates solicitados entre candidaturas por el principio de mayoría relativa y las candidaturas a presidencias municipales de los municipios que integren el distrito.

En el caso de los municipios integrados por dos o más distritos electorales, los Consejos Municipales se encargarán de organizar los debates.

Las solicitudes de debate presentadas ante el Consejo Municipal o Distrital correspondiente por partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes registradas, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Nombre de la persona candidata y de la persona representante
  • Cargo para el que se postulan
  • En su caso, el partido político o coalición que realizó el registro
  • Tipo de intervención que se requiere del Instituto
  • Domicilio o correo electrónico para recibir notificaciones

Dichas solicitudes deberán ser presentadas a partir de los tres días siguientes a la fecha en la que el Consejo General apruebe el registro de las candidaturas y hasta veinte días previos al cierre de la campaña electoral, según lo estipulado en el artículo 6, fracción 3 del Reglamento de Debates de este Instituto.

Aquí se puede consultar el Formato de Solicitud de Debate

Los acuerdos realizados por la Comisión de debates del Órgano Desconcentrado y las personas representantes de las candidaturas o en su caso, las candidaturas, deberán notificarse a este Instituto.

Aquí se puede consultar el Formato de Informe Técnico de Debate

Una vez realizado el debate, los Órganos Desconcentrados deberán presentar un Informe Final ante este Instituto.

Aquí se puede consultar el Formato de Informe Final de Debate

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