Fecha: diciembre 5, 2023
DCS/BOLETÍN DE PRENSA 63/2023
En la vigésima primera sesión extraordinaria celebrada este martes 5 de diciembre, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco aprobó el registro del convenio de coalición parcial para la elección de diputaciones y munícipes en el estado de Jalisco, denominada Fuerza y Corazón por Jalisco, presentado por los partidos políticos nacionales Acción Nacional, Revolucionario Institucional, y de la Revolución Democrática, para el Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024 (ver anexo 1).
En el tema de coaliciones, se aprobó el cambio de denominación de la coalición Juntos Haremos Historia en Jalisco, conformada por los partidos políticos nacionales de Morena, Partido del Trabajo (PT), Partido Verde Ecologista de México (PVEM), y los locales, Hagamos y Futuro, para ahora denominarse Sigamos Haciendo Historia en Jalisco.
En ese sentido, también se aprobó el registro del convenio de coalición parcial para la elección de diputaciones y munícipes en el estado de Jalisco, denominada Sigamos Haciendo Historia en Jalisco, que presentan los partidos políticos nacionales de Morena, Partido del Trabajo (PT), Partido Verde Ecologista de México (PVEM), y los locales Hagamos y Futuro, para el Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024 (ver anexo 2).
En otro punto, se aprobó el plan de reclutamiento, selección y contratación de las personas Supervisoras Electorales Locales (SEL) y Capacitadoras Asistentes Electorales Locales (CAEL) del Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024, la difusión de la convocatoria para inscribirse será del 16 de febrero al 6 de abril de 2024.El número de SEL a contratar es de 452 personas y como CAEL serán 2 mil 698 personas (sujeto a la aprobación del presupuesto de egresos para el ejercicio 2024 por parte del Congreso del Estado de Jalisco), cantidad que será igual a la cantidad contratada por el INE en Jalisco.
La o el SEL es la persona encargada de coordinar, apoyar y verificar (en gabinete y campo) las actividades de asistencia electoral realizadas por las y los CAEL a su cargo, con el objetivo de dar cumplimiento en tiempo y forma a la integración de los paquetes electorales de la elección local; apoyar en el conteo, sellado y agrupamiento de boletas; apoyar en la entrega de los paquetes electorales locales a las y los presidentes de mesa directiva de casilla; transmitir la imagen de las actas de resultados de la elección local a través del aplicativo de PREP-Casilla; apoyar en caso de ser necesario al reporte del Conteo Rápido, apoyar en el reporte de incidentes al Sistema de Información de la Jornada Electoral (SIJE), implementar los mecanismos de recolección y traslado de los paquetes electorales locales al término de la jornada electoral, así como auxiliar en los cómputos de las elecciones locales distritales y municipales.
La o el CAEL es la persona encargada de llevar a cabo las actividades de asistencia electoral con la finalidad de dar cumplimiento en tiempo y forma a la integración de los paquetes electorales de la elección local que corresponda, entregar los paquetes electorales locales a las presidencias de mesa directiva de casilla, transmitir la imagen de las actas de resultados de la elección local a través del aplicativo de PREP-Casilla, colaborar en caso de ser necesario al reporte del Conteo Rápido, apoyar en el reporte de incidentes al SIJE, implementar los mecanismos de recolección y traslado de los paquetes electorales locales al término de la Jornada Electoral, así como auxiliar en los cómputos distritales y/o municipales.
De igual forma se autorizó el Plan institucional para la promoción del voto y la participación ciudadana en el proceso electoral local 2023–2024 a desarrollar por este organismo electoral, durante el periodo 2023-2024.
En otro punto, se determinó como improcedente la solicitud de acreditación de la agrupación política nacional “Con Causa Social” ante este Instituto por haber sido presentada de manera extemporánea, pues debía presentarla en enero del año en curso y al no haberlo hecho, resulta notoriamente improcedente su solicitud.
Enseguida, se declaró la procedencia constitucional y legal de la modificación de sus estatutos y la designación de las personas titulares de la coordinación general, vice coordinación y secretaría técnica de la coordinación de regidurías del partido político local “Hagamos”.
Se aprobó también el calendario de sesiones ordinarias de los veinte consejos distritales electorales locales para el Proceso Electoral Local Concurrente 2023-2024; por otro lado, se designó a las personas consejeras propietarias y suplentes en los consejos distritales 1, 3, 4, 13 y 15, para cubrir las plazas vacantes.
Por otra parte, se confirmó la resolución de medidas cautelares identificada con la clave alfanumérica RCQD-IEPC-017/2023, de fecha nueve de octubre, emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias de este Instituto Electoral, dentro del Procedimiento Sancionador Ordinario con número de expediente PSO-QUEJA-021/2023.
Respecto a las candidaturas independientes, se dio cuenta de la renuncia voluntaria del ciudadano Arturo Gutiérrez Tejeda, como aspirante a candidato independiente a gobernador del estado de Jalisco y, en consecuencia, se dejan sin efectos la constancia y cédula de identificación expedidas por este Instituto.
Se dio cuenta también de los planes de trabajo de las comisiones permanentes del Consejo General: Educación Cívica, Organización Electoral, Investigación y Estudios Electorales, Quejas y Denuncias, Participación Ciudadana, Prerrogativas a Partidos Políticos, Seguimiento al Servicio Profesional Electoral Nacional, Igualdad de Género y No Discriminación; y de las comisiones temporales de Asuntos de los Pueblos Originarios, de Implementación y Seguimiento del Voto de los Jaliscienses en el Extranjero, de Informática y Uso de Tecnologías, y de Debates, mismos que fueron aprobados.
Posteriormente, en la vigésima segunda sesión extraordinaria celebrada este martes 5 de diciembre, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco declaró la inexistencia de la infracción consistente en la calumnia, atribuida al partido político Movimiento Ciudadano, así como a José Manuel Romo Parra, como parte del Procedimiento Sancionador Ordinario identificado con el número de expediente PSO-QUEJA-012/2023.
ANEXO 1
Convenio de coalición parcial de la denominada Fuerza y Corazón por Jalisco integrada por los partidos políticos nacionales: Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Partido de la Revolución Democrática (PRD) para contender en 94 municipios:
En el caso de la elección para diputaciones por el principio de mayoría relativa, para esta misma solicitud de convenio de coalición parcial de la denominada Fuerza y Corazón por Jalisco en los 20 distritos de la entidad, se aprobó de la manera siguiente:
Fuente: Convenio de Coalición presentado por los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática (página 30 en el convenio, foja 32 del folio 02013).
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